Área de actuación

Lavado
de activos

Defensa penal

Investigaciones por lavado y autolavado

Defensa en investigaciones por lavado de activos, autolavado y financiamiento del terrorismo, con especial atención al origen y trazabilidad de los fondos, las operaciones cuestionadas y su documentación respaldatoria.

En estas causas resulta fundamental reconstruir el recorrido de los fondos y analizar las operaciones investigadas, las personas que intervinieron y la documentación relacionada con cada movimiento.

Ámbito de intervención

Lavado de activos

Lavado de activos

Defensa en investigaciones en las que se atribuyan operaciones destinadas a incorporar al circuito económico bienes o fondos vinculados con una actividad ilícita.

Autolavado

Intervención en causas en las que se investigue el lavado de activos por parte de personas vinculadas con el hecho del que presuntamente provienen los bienes o fondos.

Origen de los fondos

Análisis del origen de los fondos y bienes involucrados para determinar su procedencia y su relación con las operaciones objeto de investigación.

Trazabilidad

Reconstrucción del recorrido de fondos y activos a través de cuentas, transferencias y otras operaciones económicas o financieras.

Operaciones bancarias

Análisis de transferencias, depósitos, movimientos de cuentas y demás operaciones bancarias vinculadas con los hechos investigados.

Operaciones económicas

Intervención en investigaciones que involucren compraventas, inversiones, movimientos patrimoniales y otras operaciones económicas cuestionadas.

Documentación respaldatoria

Revisión de documentación bancaria, contable, societaria, contractual y comercial vinculada con el origen y destino de los fondos.

Financiamiento del terrorismo

Defensa en investigaciones vinculadas con financiamiento del terrorismo, con análisis de operaciones, movimientos de fondos, documentación y participación atribuida a las personas investigadas.

Análisis de la causa

Una operación bancaria no demuestra por sí sola el lavado

La existencia de transferencias, movimientos bancarios u otras operaciones económicas no determina por sí sola la existencia de un delito de lavado de activos.

El análisis requiere reconstruir el origen y destino de los fondos, su trazabilidad, las operaciones involucradas y la intervención concreta atribuida a cada persona.

No toda transferencia bancaria demuestra lavado.

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